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Complejo de multipropiedad

Indestur SL: qué opciones tienes si contrataste con esta comercializadora

Si compraste una semana de multipropiedad a través de Indestur SL, te explicamos qué puedes hacer hoy: comprobar si tu contrato admite la nulidad, desvincularte o defenderte de reclamaciones de cuotas.

Álvaro CaballeroAbogado · Col. 2561 ICA Valladolid
+5.000 desvinculacionesgestionadas desde 2014
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Información para quienes contrataron con Indestur

Indestur SL (Investigación y Desarrollo Turístico del Mediterráneo SL) es una empresa comercializadora: intervino en la venta de semanas de multipropiedad, en particular del complejo Ogisaka Garden, y no es la titular ni gestora del complejo. Esta web informa a las personas que contrataron a través de ella.

Tu contrato de compra pudo ir acompañado de un préstamo para financiarlo. Tras las sentencias del Tribunal Supremo de octubre de 2025, la nulidad solo procede en casos concretos, por lo que conviene revisar tu contrato con un abogado antes de reclamar o de dejar de pagar.

Qué puedes hacer

Salir de la semana

Desvinculación

Cambio de titularidad hacia una empresa especializada para dejar de pagar cuotas de forma documentada.

Ver cómo funciona
Reclamar

Nulidad, solo en casos concretos

Desde octubre de 2025 la nulidad ya no procede con carácter general. La estudiamos únicamente en semanas flotantes con régimen no constituido.

Ver cuándo procede
Defenderte

Cuotas y monitorios

Si el complejo o su gestora te reclaman cuotas atrasadas, hay un plazo corto para oponerte: veinte días hábiles.

Ver plazos y defensas

Qué ha cambiado en los tribunales

Hasta el cambio de jurisprudencia de octubre de 2025, la nulidad de contratos «a perpetuidad» y de semanas flotantes permitió a muchos propietarios recuperar cantidades. Nuestro despacho consiguió sentencias favorables en cientos de casos de multipropiedad. Ese camino se ha estrechado de forma muy notable.

  1. Hasta 2025Etapa de nulidades

    Se anularon numerosos contratos por superar el límite de duración del régimen o por tratarse de semanas flotantes sin determinar.

  2. 30-10-2025Giro del Tribunal Supremo

    Las sentencias STS 1522/2025 y 1524/2025, del Pleno de la Sala Primera, desestimaron las demandas y confirmaron la validez de los contratos analizados.

  3. Desde entoncesNuevas estrategias

    Predomina la desvinculación por cambio de titularidad y la defensa frente a reclamaciones; la nulidad queda para semanas flotantes con régimen sin constituir.

Cómo trabajamos

  1. Cuéntanos tu casoCon el formulario o por teléfono. Sofía, nuestra asistente virtual, recoge los datos.
  2. Revisamos tu documentaciónContrato, cuotas, avisos recibidos y situación registral.
  3. Te proponemos la víaDesvinculación, defensa o nulidad si procede, con costes claros.
  4. ActuamosPresupuesto cerrado por escrito y seguimiento hasta el resultado.

Preguntas frecuentes

¿Qué es Indestur SL?

Es una empresa comercializadora: vendía semanas de multipropiedad de un complejo, pero no es el complejo ni quien gestiona las cuotas de mantenimiento.

¿Quién me cobra las cuotas de mantenimiento?

Normalmente el complejo o su gestora, no la comercializadora. Esas obligaciones pueden seguir vigentes aunque la empresa que te vendió la semana no responda.

¿Y el préstamo con el que pagué la semana?

Si el contrato de la semana se anula, el crédito vinculado puede seguir su suerte. Si la nulidad no procede, el préstamo sigue vigente. Revisamos los dos contratos a la vez.

Soy propietario de una semana en Indestur y quiero salir. ¿Qué puedo hacer?

La vía más habitual es la desvinculación mediante cambio de titularidad: tu semana pasa a una empresa especializada y dejas de pagar cuotas. Lo revisamos con tu documentación antes de recomendarla.

¿Puedo anular mi contrato?

Solo en un supuesto muy concreto tras las sentencias del Tribunal Supremo del 30 de octubre de 2025: semanas flotantes con régimen de aprovechamiento por turno no constituido. Hasta entonces nuestro despacho anuló cientos de contratos con recuperación de cantidades, pero esa vía general ya no existe.

¿Puedo reclamar a la comercializadora?

Depende de tu contrato y de cómo se comercializó. Además, aunque la nulidad prosperase, es importante comprobar si la empresa conserva capacidad para responder. Lo estudiamos con tu documentación antes de recomendar demanda.

Me reclaman cuotas atrasadas. ¿Qué plazo tengo?

Si la reclamación llega por monitorio, dispones de veinte días hábiles para oponerte (art. 815 LEC). Es un plazo improrrogable: contacta cuanto antes.

¿Cuánto cuesta consultar mi caso?

La primera consulta es gratuita y sin compromiso. Los honorarios, si continúas, se cierran por escrito antes de empezar.

Cuéntanos tu caso

Te respondemos sin compromiso y te explicamos qué opciones reales tienes con tu multipropiedad.